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·11 July 2025
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Al margen del enfado que ha provocado en la directiva del Rayo Vallecano el supuesto contacto del Celta con Pathé Ciss, existen implicaciones legales que efectivamente podrían tener consecuencias. El reglamento de la FIFA prohibe taxativamente tratar con un futbolista con contrato con otro equipo, haciendo la excepción en los seis últimos meses de contrato del jugador.
Por ejemplo, la pasada temporada el Sevilla negoció con Alfon cuando quedaban menos de seis meses para que finalizase su contrato. Si lo hubiese hecho en el mes de diciembre hubiese sido ilegal, y podría ser denunciable. Esto generalmente no se suele hacer. La mayoría de clubes negocian con futbolistas en estas circunstancias. De hecho es algo que se hace muy a menudo pero nadie denuncia porque todos lo hacen.
Pero en este caso el Rayo Vallecano estudia tomar decisiones legales, y todo tiene una explicación. La relación entre el Celta y los vallecanos es mala desde que el club vigués decidió fichar a Fran Beltrán pagando la cláusula de rescisión del jugador. Fran Beltrán era una de las grandes perlas de la cantera franjirroja, y aquello sentó muy mal al Celta. Y a su vez ese malestar tuvo el detonante dos años antes, cuando Felipe Miñambres abandonó el Rayo para convertirse en director deportivo del Celta. El ejecutivo tuvo que despedirse en una sala de prensa en la que todos los logotipos del Rayo Vallecano fueron tapados por el club.
Por lo tanto no puede descartarse que el Rayo Vallecano denuncie en este caso al Celta, aunque es evidente que el club franjirrojo en alguna ocasión también haya hecho lo mismo. ¿A qué sanción podría enfrentarse el Celta? En caso de producirse la denuncia, y lograr demostrar que existió un contacto ilegal, el artículo 18.3 del reglamento de la FIFA dice lo siguiente: "Un club que desee celebrar un contrato con un jugador profesional deberá comunicarlo por escrito al club del jugador antes de entablar negociaciones con él. Un jugador profesional podrá celebrar un contrato con otro club solo si su contrato con el club actual ha vencido o vencerá en un plazo de seis meses. Toda infracción a esta disposición estará sujeta a las sanciones pertinentes."
Las sanciones aplicables en caso de negociación ilegal con un jugador con contrato en vigor están reguladas en el Artículo 17 del RSTP, que se refiere a las consecuencias de la terminación de contrato sin causa justificada, pero también se invoca en estos casos.
En concreto, pueden aplicarse las siguientes sanciones (según el Artículo 17.4 y las disposiciones generales del RSTP y el Código Disciplinario de la FIFA):
En 2009, el Chelsea FC fue sancionado por la FIFA por haber inducido al joven jugador francés Gaël Kakuta a romper su contrato con el RC Lens para fichar por el club inglés. La FIFA dictaminó que Chelsea había negociado ilegalmente con Kakuta mientras este tenía un contrato en vigor, imponiéndole al club una prohibición de fichar jugadores durante dos períodos de inscripción y una multa económica, mientras que Kakuta fue suspendido y multado. Posteriormente, el Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS) revisó el caso y anuló las sanciones tras determinar que Kakuta no tenía un contrato válido con Lens conforme a las normas francesas.