Versus
·10 de marzo de 2026
¿A qué se expone Aldo Quiñónez luego de mencionar "incentivo de Cerro" a sus compañeros?

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·10 de marzo de 2026

La arenga de Aldo Quiñónez en la previa del enfrentamiento de San Lorenzo ante Olimpia en la que menciona que tenían "un incentivo de Cerro", sigue dando que hablar.
El presidente del Tribunal de Ética de la APF, Rodrigo Yódice, se refirió sobre este caso contando a qué se puede llegar a exponer el capitán de San Lorenzo en caso de que la situación sea investigada.
"Toda posibilidad que suponga una aceptación directa o indirecta a la imprevisibilidad de un resultado deportivo o una afectación a la integridad de lo que constituye el fútbol, entiéndase ofrecer, prometer, aceptar ventajas o beneficios más allá de la naturaleza que sea para que un jugador, hablando en términos vulgares, juegue bien o juegue mal, está prohibido directamente por el código de ética de la FIFA y de la APF, no existe excepción", comenzó expresando en VS Sports Radio por Universo 970 AM.
"Por ende existe una consecuencia jurídica en los casos que se comprueben, que estipula como mínimo la imposición de una sanción de hasta 30 salarios mínimos. También la posibilidad de suspensión para el ejercicio de actividades relacionadas con el fútbol por el plazo mínimo de dos años y en los casos reiterativos la sanción incluso puede extenderse hasta cinco años", agregó.
Por otra parte, el presidente clarificó que el Tribunal no puede actuar de oficio en ninguno de los casos y es habitualmente el Órgano de Instrucción y Integridad la que debe elevar un caso hasta el estrado del tribunal para que pueda tratarse.
"El Tribunal de Ética no actúa de oficio, no puede, no existe ninguna normativa que nos permita eso. El sistema es el siguiente: hay un jefe que actúa como una especie de fiscal o pesquisador que averigua la existencia o no de una falta ética. Cuando ocurre una situación que pudiera constituir una falta ética, ese órgano realiza una investigación preliminar y si considera que tiene los elementos para sostener en los términos de un informe final, llámenle acusación si quieren, si es que tiene los elementos para determinar el lugar, tiempo y modo de la comisión de la presunta falta ética, ahí recién pone a consideración del Tribunal de Ética y ahí recién el tribunal puede deliberar, conocer los hechos y juzgar", explicó.









































