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·21 de junio de 2026
El Sevilla, tras la condena de Rafa Mir, no puede tocar su contrato

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·21 de junio de 2026

Rafa Mir ha sido condenado en primera instancia por agresión sexual, pero la sentencia no es firme y sus garantías legales siguen vigentes.
El Correo de Andalucía informa de que el Sevilla asegura tener un protocolo interno para este tipo de casos, aunque solo se aplica cuando existe una sentencia firme, y la legislación laboral exige respetar la presunción de inocencia hasta entonces.
Mir conserva el derecho a recurrir ante un tribunal superior, y hasta que ese proceso concluya la condena no será firme. El artículo 24 de la Constitución reconoce la tutela judicial efectiva, que incluye la revisión por parte de un tribunal superior.
Desde el punto de vista contractual, el club no puede extinguir unilateralmente la relación laboral basándose únicamente en una sentencia de primera instancia. Esa situación se mantiene mientras el caso siga abierto.
La Fiscalía o la acusación particular podrían solicitar el ingreso inmediato en prisión de Mir mientras se tramita el recurso, aunque no es automático. Los jueces valorarían factores excepcionales como el riesgo de fuga, la destrucción de pruebas o la reincidencia.
Los especialistas creen que elementos como su arraigo laboral, la supervisión constante propia de un futbolista profesional y las obligaciones diarias con el club podrían jugar a su favor. Incluso si se ordenara prisión provisional, eso no pondría fin automáticamente a su contrato.
Se espera que la defensa recurra ante la Audiencia Provincial, en un proceso que probablemente se prolongará durante la temporada 2026/2027. Hasta que no se resuelva cualquier recurso y exista una sentencia firme, el Sevilla está obligado a mantener su contrato y su protocolo no puede activarse.
Fuente: El Periódico Mediterráneo
Este artículo fue traducido al español por inteligencia artificial. Puedes leer la versión original en 🏴 en este enlace.
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