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·12 de septiembre de 2025
El Tribunal de Disciplina le redujo la sanción al DT de Racing, ¿dirigirá ante San Lorenzo?

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·12 de septiembre de 2025
El Tribunal de Disciplina de la Asociación del Fútbol Argentino le permite a Gustavo Costas dirigir ante San Lorenzo de Almagro.
El DT de Racing Club, que había recibido una sanción por varias fechas tras ser expulsado ante Tigre.
Costas había sido sancionado por cuatro jornadas, pero el Tribunal le redujo ayer la pena y podrá estar sentado en el banco de suplentes hoy ante el Ciclón, a pesar de su reincidencia.
FALLOS FUNDADOS – PRIMERA L.P.F. RACING CLUB c. TIGRE Ira. 15/08/2025 EXPTE. 97748:
VISTO: El pedido de reconsideración formulado por el Racing Club Asociación Civil y el Sr. Gustavo Adolfo Costas en el marco del Expte. Nº 97748, contra a sanción de cuatro (4) partidos de suspensión impuesta al citado Director Técnico por resolución de este Tribunal en fecha 21 de agosto de 025, publicada en el Boletín Nº 6743.
CONSIDERANDO: 1. Que de las constancias de autos surge que el Sr. Gustavo Adolfo Costas ya ha purgado dos (2) fechas de suspensión efectiva, habiéndose mantenido además al margen de la actividad oficial durante el receso por fecha FIFA, circunstancia que extendió en los hechos el período de alejamiento de sus funciones.
2. Que la normativa disciplinaria de esta Asociación, en línea con los principios rectores del derecho sancionador, impone que la sanción no se agote en un fin meramente punitivo, sino que cumpla un cometido educativo, preventivo y correctivo (art. 1º y ccdtes. del Código Disciplinario).
3. Que la propia letra del art. 25º del Código Disciplinario habilita expresamente a los órganos de disciplina a suspender total o parcialmente la aplicación de una medida disciplinaria, sometiendo al sancionado a un período de prueba. Este instituto se inspira en el principio de progresividad y en la idea de que el reproche disciplinario alcanza su eficacia en la medida en que motive al infractor a una modificación real de conducta, antes que en la mera duración temporal de la sanción.
4. Que en el caso bajo examen, se ha demostrado que el Sr. Costas ha realizado un proceso de reflexión crítica y autocrítica, reconociendo el carácter indebido de la conducta que motivó la sanción y asumiendo públicamente el compromiso de rectificación futura, lo cual ha quedado corroborado por la presentación de la institución que lo respalda.
5. Que se valora asimismo la actitud proactiva del nombrado al iniciar cursos de capacitación vinculados con la gestión de grupos y el control emocional en la alta competencia, lo que constituye una muestra objetiva de voluntad de enmienda y robustece la finalidad preventiva de la sanción.
6. Que, de mantenerse la sanción en toda su extensión, la misma se tornaría desproporcionada en relación a la finalidad perseguida, configurándose en un rigor meramente punitivo, apartado de los fines pedagógicos que este Tribunal debe tutelar.
7. Que en consecuencia, resulta jurídicamente adecuado disponer la suspensión de la sanción remanente, sometiendo al Sr. Costas a un período de prueba durante el cual deberá mantener un comportamiento acorde a la jerarquía de su función, bajo apercibimiento de revocarse el beneficio en caso de reincidencia en hechos de similar naturaleza y gravedad.
POR ELLO, EL TRIBUNAL DE DISCIPLINA DEPORTIVA DE LA AFA RESUELVE
1°) HACER LUGAR PARCIALMENTE al pedido de reconsideración formulado por el Racing Club Asociación Civil y el Sr. Gustavo Adolfo Costas.
2°) SUSPENDER LA APLICACIÓN DE LA SANCIÓN impuesta por el término de cuarenta y cinco (45) días corridos, a contar desde la fecha de la presente, quedando el Sr. Gustavo Adolfo Costas, habilitado para desempeñar sus funciones como Director Técnico del Plantel Superior Masculino del Racing Club Asociación Civil.
3°) Someter al nombrado a un período de prueba durante la vigencia de la suspensión. En caso de incurrir en una infracción de naturaleza y gravedad similar, se revocará automáticamente la suspensión, debiendo cumplirse las fechas pendientes de la sanción, sin perjuicio de la aplicación de nuevas medidas disciplinarias.}
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