Grave denuncia sacude al fútbol de Segunda Categoría: audios apuntarían a un presunto intento de arreglo de un partido (VIDEO) | OneFootball

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·28 de septiembre de 2026

Grave denuncia sacude al fútbol de Segunda Categoría: audios apuntarían a un presunto intento de arreglo de un partido (VIDEO)

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Según la información que acompaña a estos audios, una de las voces sería atribuida a un alto directivo del Club Santa Fe, circunstancia que, insistimos, deberá ser debidamente verificada. El contenido de las conversaciones podría sugerir la existencia de un supuesto ofrecimiento previo relacionado con el desarrollo o resultado del encuentro y, posteriormente, una controversia porque los valores que presuntamente habrían sido ofrecidos no habrían sido pagados.

De confirmarse esta interpretación y, especialmente, si una investigación técnica estableciera la autenticidad e integridad de las grabaciones, la identidad de sus participantes y el contexto completo de las conversaciones, los hechos podrían adquirir una extraordinaria gravedad disciplinaria.


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El artículo 19 del Código Disciplinario de la Federación Ecuatoriana de Fútbol sanciona a quienes, directa o indirectamente, influyan ilícitamente o manipulen el curso, resultado o cualquier otro aspecto de un partido o competición. La disposición va todavía más allá: no exige necesariamente que la manipulación se haya consumado, pues comprende expresamente a quienes conspiren o traten de hacerlo por cualquier medio. Para las personas declaradas responsables, la norma contempla al menos dos años de prohibición de ejercer actividades relacionadas con el fútbol, pudiendo incrementarse la sanción en casos graves.

Esto resulta particularmente relevante porque el artículo 8 del mismo Código establece expresamente que la tentativa también será sancionada, así como la participación de quien intervenga en una infracción o induzca a otra persona a cometerla, sea como instigador o cómplice.

La normativa federativa contempla incluso posibles consecuencias para el propio club. El numeral 2 del artículo 19 establece que, cuando la conducta sea realizada por un jugador u oficial, el club al que pertenezca podría ser sancionado con la derrota del partido por responsabilidad o negligencia e incluso podría ser excluido de la competición, además de otras medidas disciplinarias, siempre bajo las condiciones previstas por la propia norma.

La eventual falta de pago del dinero presuntamente ofrecido no eliminaría por sí sola la posible relevancia disciplinaria de los hechos. Si se acreditara que existió un ofrecimiento encaminado a alterar ilícitamente algún aspecto de un encuentro, corresponderá a los órganos competentes determinar si esa conducta constituye tentativa, conspiración, instigación o alguna otra forma de participación contemplada por la normativa de la FEF.

El propio artículo 19 impone además a las personas sujetas al Código el deber de comunicar inmediatamente a los órganos correspondientes cualquier contacto relacionado directa o indirectamente con una posible manipulación de partidos. El incumplimiento de ese deber también puede generar consecuencias disciplinarias.

Ante la gravedad de lo que aparentemente se escucha en las grabaciones, correspondería que la Comisión Disciplinaria de la Federación Ecuatoriana de Fútbol abra las investigaciones pertinentes, preserve los archivos originales, determine técnicamente su autenticidad e integridad, identifique a todos los interlocutores, reciba sus versiones y establezca si existieron contactos adicionales, ofrecimientos, transferencias de dinero u otras evidencias relacionadas con el encuentro.

Por ahora, no existe en la información proporcionada una resolución de autoridad competente que haya determinado responsabilidad alguna, por lo que debe respetarse plenamente la presunción de inocencia de todas las personas mencionadas. Los audios constituyen, en este momento, elementos cuya procedencia, autenticidad, contexto y alcance deberán ser comprobados.

Sin embargo, si las grabaciones fueran auténticas y su contenido llegara a corroborarse mediante otros elementos probatorios, podríamos estar ante hechos susceptibles de comprometer seriamente la integridad de una competición oficial del fútbol ecuatoriano.

La pelota queda ahora en la cancha de los órganos competentes de la FEF. La transparencia de la competición exige que hechos de esta naturaleza sean esclarecidos con rigor, independencia y respeto al debido proceso.

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