San Lorenzo Web
·7 janvier 2026
La IGJ avaló la Asamblea de San Lorenzo y confirmó al Tribunal de Ética, aunque anuló cargos suplentes y aplicó una multa

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La Inspección General de Justicia (IGJ) resolvió rechazar en lo sustancial la denuncia presentada por una socia de San Lorenzo de Almagro y avaló las decisiones adoptadas en la Asamblea General Extraordinaria celebrada el 30 de septiembre de 2024, en particular la conformación del Tribunal de Ética y Disciplina del club.
La información fue publicada este 7 de enero de 2026 por el sitio web oficial de San Lorenzo, donde se informó que, mediante la resolución particular N.º 0000448, firmada por el Inspector General de Justicia, Dr. Daniel Roque Vítolo, el organismo de control confirmó la validez de la Asamblea y ratificó a los siete miembros titulares del Tribunal de Ética y Disciplina.
De esta manera, Leandro Chizzini, Luciano Fiszbein, Rubén Arena, Carina Henríques, Diego Civile, Matías Picasso y María Galtieri ejercerán sus cargos hasta el 30 de septiembre de 2030, considerándose válidas todas las decisiones adoptadas por dicho órgano hasta la fecha.
Según el resumen del fallo, la IGJ se pronunció el 24 de julio de 2025 a través de una resolución de 16 fojas, en el marco de la denuncia presentada por la socia Karina Lefèvre, quien había cuestionado presuntas irregularidades en la Asamblea del 30 de septiembre de 2024.
El organismo hizo lugar parcialmente a la denuncia, aunque rechazó los planteos centrales que buscaban invalidar la Asamblea en su conjunto.
Entre los puntos principales del fallo se destacan:
Anulación de los cargos suplentes del Tribunal de Ética y Disciplina: La IGJ declaró la “ineficacia e irregularidad a los efectos administrativos” de la designación de Rubén Becerra y Diego Guederián como miembros suplentes. El fundamento fue que el artículo 78 del Estatuto Social establece de forma taxativa que el Tribunal debe estar integrado por siete miembros, sin contemplar suplencias.
Multa económica a San Lorenzo: El club fue sancionado con una multa de 800.000 pesos por “desoír los requerimientos” del organismo de control. La IGJ consideró que la dirigencia incurrió en una conducta “reprochable”, al no responder en tiempo y forma a las intimaciones, lo que provocó una dilación injustificada en el trámite administrativo.
Validación del resto de la Asamblea: La IGJ rechazó las impugnaciones vinculadas a la falta de documentación previa y a la antigüedad estatutaria de algunos candidatos. En ese sentido, sostuvo que, si bien algunos no cumplían estrictamente el requisito al momento de la elección, sí lo habían hecho al asumir, priorizando la voluntad soberana de la Asamblea.
Con esta resolución, el Tribunal de Ética y Disciplina de San Lorenzo deberá funcionar únicamente con sus siete miembros titulares, mientras que el club deberá afrontar la sanción económica impuesta por la IGJ.
En términos institucionales, el fallo convalida la legalidad de la Asamblea General Extraordinaria y de las decisiones tomadas en ella, aunque marca observaciones administrativas y sanciona la falta de cooperación del club durante el proceso de fiscalización.









































