El Tribunal Supremo avala las sanciones del FC Barcelona a unos 450 socios por el uso fraudulento de abonos | OneFootball

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·25 maggio 2026

El Tribunal Supremo avala las sanciones del FC Barcelona a unos 450 socios por el uso fraudulento de abonos

Immagine dell'articolo:El Tribunal Supremo avala las sanciones del FC Barcelona a unos 450 socios por el uso fraudulento de abonos
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El presidente electo del FC Barcelona, Joan Laporta, el entrenador, Hansi Flick, y el presidente interino, Rafa YusteFCB

La Sala Civil del Tribunal Supremo ha rechazado los recursos presentados por alrededor de 450 socios del F.C. Barcelona contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona, que ya había confirmado las sanciones impuestas por el club en 2018. Estas medidas disciplinarias se adoptaron tras detectarse la cesión de abonos que habrían sido utilizados para la creación de entradas falsificadas, posteriormente revendidas a precios muy elevados a través de redes organizadas y plataformas en internet.


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En su resolución, el tribunal considera acreditado que la conducta de los demandantes (ceder sus abonos para que se falsificaran entradas que se vendían por redes organizadas y en Internet) “constituye una base razonable para considerar, como hizo el órgano competente de la asociación al imponer la sanción, que constituía una actuación contraria a los Estatutos (en concreto, al art. 10.4, último inciso) que causaba perjuicios materiales o morales de consideración al club y a otros socios”.

Asimismo, el Supremo respalda el criterio del club al entender que existía una participación en estructuras organizadas destinadas a la manipulación de los abonos para introducir códigos QR en entradas fraudulentas, que luego eran comercializadas por importes muy elevados. “Por tal razón, es razonable la decisión del club demandado de sancionar la conducta conforme a lo previsto en el art. 74.c] (cesión onerosa del abono con intermediación de redes organizadas o Internet), en relación con el art. 69.3, párrafo tercero, de los Estatutos (responsabilidad del socio cedente del abono por las infracciones cometidas por el cesionario)”, añade la sentencia.

El Alto Tribunal también destaca que los socios afectados fueron debidamente informados de los hechos que motivaron la apertura del expediente sancionador mediante el correspondiente pliego de cargos, y que se les garantizó el trámite de audiencia antes de la imposición de las sanciones, que fueron adoptadas mediante resolución motivada.

Las sanciones, basadas además en otros preceptos estatutarios, consistieron en la suspensión de la condición de socio por un periodo de hasta 18 meses o, en algunos casos, en la expulsión del club.

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